Muchos ciudadanos nos consultan si me pueden hacer salir de una empresa, es decir , despedirme por tener el coronavirus , o por estar en casa confinado por haber estado en contacto con una persona que lo tiene.
Bien pues la respuesta es claramente no, no me pueden hacer salir de una empresa por este motivo, como siempre en derecho laboral, y los que me seguís en los artículos iremos viendo cómo como trato yo este tipo de temas ,no es previsible nunca he visto un caso, que en una carta de despido los motivos que aduzca la empresa para el despido sean por usted haber contraído una enfermedad contagiosa, e igual igualmente nunca he visto una carta de despido en el que despidan a una mujer embarazada porque precisamente usted se ha quedado embarazada. Pero sí que es verdad que el hecho de que se produjera un despido, cuando se estaba en esta situación y sea una persona que en su entorno el resto de trabajadores que hacían por ejemplo una tarea muy equiparable a la suya, y sólo le han despido a él que ha sido el único que ha ido a su casa por haber contra el coronavirus, sería un indicio muy importante ,por tanto la respuesta es no, solo no me pueden hacer salir de una empresa ,sino que tampoco me podrían sancionar ni tomar ningún otro tipo de represalia,
En cualquier caso si eso ocurriera, la respuesta sería que ese hipotético despido o esa hipotética sanción sería improcedente, o en mi opinión, incluso podría llegar a ser considerado por un juez como nulo, por ser fruto de una discriminación de los derechos fundamentales previstos en la constitución, igual que un despido que esté basado en causas discriminatorias de raza, sexo, religión, opción sexual, por ser miembro el comité de empresa—etc- Entonces en mi opinión , no puede ser no puede haber ningún tipo de represalias por el coronavirus mucho menos el destino . Porque además en ese caso no podría pagar mis deudas y tendría que salir del asnef de manera urgente , si me encuentro ante esta situación.
Qué medidas puede tomar la empresa en caso de que tenga una necesidad de reducir la producción, o de fin de poder tomar en consideración estas circunstancias, pues las más en las que vamos a ver en un futuro ya muy inmediato ,si no es que ya lo estamos viendo, ahora mismo es la opción del teletrabajo muy recomendable para todos y también para el futuro del planeta y la opción de los ERTES es decir los expedientes de regulación temporal de empleo todo ello será analizado en los futuros vídeos y recuerden que este artículo ha sido realizado en 2020 y por tanto está someterse se verá sometido a las posibles variaciones legales que se puedan acometer muchas gracias por su atención.